Un vecino de La Lloba ha solicitado al Ayuntamiento que proceda a demoler una vivienda situada en una finca colindante con una de su propiedad en la que posee una granja de conejos. El autor de tal petición es la misma persona que interpuso la demanda judicial que desembocó en el derribo, ya ejecutado, de otra vivienda situada en la zona, al declararla ilegal. En esta ocasión se trata de una casa construida bajo un hórreo, cuyo titular es familiar de los propietarios de la vivienda ya demolida, erigida en una finca situada entre ésta y la explotación de conejos.

La solicitud se basa en dos resoluciones del Ayuntamiento de Castrillón. La primera, fechada el 9 de febrero de 1995, deniega la legalización de las obras realizadas para habilitar la vivienda bajo el hórreo. En la segunda, de fecha 7 de marzo de 1997, las declara ilegalizables. En su punto primero, comunica a su propietario que dichas obras, «en base a los informes obrantes en el expediente, pueden calificarse como terminadas sin licencia, disconformes con el planteamiento y manifiestamente ilegalizables».

En el segundo, requiere al promotor y a los propietarios «con expreso apercibimiento de ejecución subsidiaria, para que efectúen en el plazo de dos meses la demolición de la construcción o de aquella parte de la misma que hubiere resultado ilegalizable, y en su caso, restituyendo los elementos físicos alterados a la situación originaria».

El dueño de la granja recuerda en el escrito dirigido al Ayuntamiento que «dicha resolución aún está pendiente de ejecutar», dado que «ni el propietario de las obras manifiestamente ilegalizables ni el Ayuntamiento, de forma subsidiaria, han procedido a dar cumplimiento a la resolución».
También apunta que el pasado 13 de febrero solicitó formalmente que se procediese a ejecutar la resolución fechada en marzo de 1997, es decir, la que requiere al propietario o al Ayuntamiento que proceda a demoler la construcción.

«Toda vez que ha transcurrido el plazo establecido desde el requerimiento efectuado por quien suscribe, sin que la administración haya procedido a ejecutar la resolución dictada el 7 de marzo de 1997, exijo al Ayuntamiento que proceda a dictar resolución expresa de conformidad», concluye el escrito, presentado en el registro municipal.